DISEÑO DE PUESTOS1
Considerando que cada puesto necesita diferentes conocimientos, cualidades y niveles de habilidad, es necesaria una planeación efectiva de recursos humanos que tome en cuenta estos requerimientos para los puestos. Para ello, los directivos de hoy en día debieran invertir más de su tiempo preparando equipos de trabajo responsables del diseño de puestos claves en la empresa.
Muy pocas empresas tienen presente que también el puesto de trabajo requiere diseño y una perfilación viable para la persona que lo detenta. Un diseño del puesto de trabajo erróneo es fuente principal de desmotivación, insatisfacción y baja productividad de los recursos humanos (Malik, 2000).
Es así que Mondy, (1997) señala: “el diseño de puestos consiste en determinar las actividades específicas que se deben desarrollar, los métodos utilizados para desarrollarlas, y cómo se relaciona el puesto con los demás trabajos en la organización”.
Chiavenato, (1999): “el diseño del cargo es la especificación del contenido, de los métodos de trabajo y de las relaciones con los demás cargos para cumplir requisitos tecnológicos, empresariales, sociales y personales del ocupante del cargo”.
Gómez-Mejía (2000), describe el diseño de puestos como: “proceso de organización del trabajo a través de las tareas necesarias para desempeñar un cargo específico”.
Fernández (2001) opina: “el diseño de puestos de trabajo es el procedimiento metodológico que nos permite obtener toda la información relativa a un puesto de trabajo”.
Así mismo, Chiavenato en su libro Gestión del Talento agrega: “el diseño de los cargos es el proceso de organización del trabajo a través de las tareas necesarias para desempeñar un cargo específico. Incluye el contenido del cargo, las calificaciones del ocupante y las recompensas de cada cargo para atender las necesidades de los empleados y de la organización”.
Analizando el conjunto de concepciones aquí citadas, sacamos como conclusión que, el Diseño de Puestos de Trabajo es un proceso de organización del trabajo que tiene como objetivo estructurar los elementos, deberes y tareas de los puestos de una organización, atendiendo el contenido, requisitos, responsabilidades, condiciones, calificaciones y recompensas de los ocupantes, para lograr que el desempeño de los puestos ocupe un lugar en la oferta de valor que se desea brindar al cliente.
REFERENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9
2 – Introducción
La salud de la población es un elemento esencial del desarrollo económico y constituye una prioridad en las políticas públicas de cada país. En la mayoría de las naciones existen sistemas de salud que tienen una responsabilidad fundamental y permanente con las personas que atienden y son cruciales para alcanzar el sano desarrollo de los individuos, las familias y la sociedad en su conjunto.
En este sentido, los sistemas de salud se conforman por un conjunto de interrelaciones establecidas por los actores involucrados en la generación de bienes y servicios para la atención médica, teniendo como finalidad promover, mantener o restablecer la salud de la población.
Es importante mencionar que la eficiencia del sistema de salud depende en gran medida de los recursos disponibles para tal efecto, razón por la cual las naciones se han ocupado en conocer y expresar, mediante datos estadísticos, las características de los recursos con que cuentan sus sistemas de salud. No obstante, es hasta finales de la década de los 70 del siglo pasado, cuando los países y organismos internacionales prestaron mayor atención a la creación de mediciones económicas a la par del desarrollo estadístico de datos físicos en la materia.
Con la finalidad de cuantificar en términos monetarios los flujos económicos relacionados con el cuidado de la salud, instituciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la
OCDE, la OPS, el Banco Mundial (BM), entre otras, han realizado estudios para medir la importancia cuantitativa del sector salud en relación a la economía global.
En el mismo sentido, el SCN 2008 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sugiere, en el capítulo 29, que los países adopten la elaboración de cuentas satélite enfocadas a algún sector específico o tema relevante como el referido a la salud.
Es importante señalar que en el SCNM las transacciones que realizan los sectores que participan en la oferta y demanda de bienes y servicios para el cuidado de la salud están incluidas en la contabilidad global del país; sin embargo, la dimensión de la salud como tal no se encuentra agrupada en un sector de actividad económica específico, sino que se encuentra inmersa en un conjunto de actividades económicas que tienen como propósito atender diversas necesidades de la población.
De tal manera, se entendería que el análisis e interpretación del sector salud que puede derivarse del sistema contable tradicional podría no ser exhaustivo, al igual que algunos datos elaborados por otras fuentes que refieren estadísticas particulares del tema.
3 – Gasto público federal
3.1) Distribución del gasto
Durante el periodo 2011-2012, el gasto público federal para la FUNCIÓN SALUD evolucionó de la siguiente manera:
En el año 2011, la Cámara de Diputados aprobó un gasto de 381 mil 356.15 millones de pesos (mdp);
En el año 2012, el Ejecutivo Federal propuso a la Cámara de Diputados un gasto de 418 mil 492.63 mdp; y
En el año 2012, la Cámara de Diputados aprobó un gasto de 423 mil 266.31 mdp.
Para el año 2012, el gasto público aprobado para esta Función se distribuyó en los siguientes ramos:
– Para Defensa, 4 mil 982.39 mdp;
– Para Salud, 110 mil 221.60 mdp;
– Para Marina, 1 mil 394.70 mdp;
– Para Aportaciones a Seguridad Social, 12 mil 144.97 mdp;
– Para Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, 61 mil 951.39 mdp;
– Para el IMSS, 187 mil 911.00 mdp; y
– Para el ISSSTE, 44 mil 660.26 mdp.
Para el año 2012, el presupuesto aprobado para esta Función, por destino de gasto, evolucionó de la siguiente manera:
– Para Prestación de Servicios de Salud a la Comunidad, fue de 21 mil 543.67 mdp;
– Para Prestación de Servicios de Salud a la Persona, fue de 306 mil 622.83 mdp;
– Para Generación de Recursos para la Salud, fue de 14 mil 462.66 mdp;
– Para Rectoría del Sistema de Salud, fue de 9 mil 671.96 mdp;
– Para Protección Social de Salud, fue de 70 mil 250.33 mdp; y
– Para la Función Pública fue de 714.86 mdp.
En el análisis de los programas que conforman esta Función, se aprobaron las siguientes partidas presupuestarias para el ejercicio fiscal 2012:
– Para la Atención Curativa Eficiente, 137 mil 385.99 mdp;
– Para el Seguro Popular, 64 mil 402.46 mdp;
– Para la Prestación de Servicios de Salud a la Persona (FASSA), 40 mil 439.86 mdp;
– Para Actividades de apoyo administrativo, 39 mil 447.51 mdp;
– Para la Prestación de Servicios de Salud a la Comunidad (FASSA), 15 mil 478.08 mdp;
– Para el Suministro de Claves de Medicamentos, 14 mil 397.31 mdp;
– Para la Prestación de Servicios en los Diferentes Niveles de Atención a la Salud, 15 mil 343.93 mdp;
– Para los Gastos Administrativos por Operación de Fondos y Seguros, 9 mil 127.19 mdp;
– Para el Programa IMSS-Oportunidades, 8 mil 500.00 mdp;
– Para la Recaudación Eficiente de Ingresos Obrero-Patronales, 5 mil 339.75 mdp; y
– Para el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, 5 mil 314.41 mdp.
En el análisis de las unidades responsables que conforman esta Función, se aprobaron las siguientes partidas presupuestarias para el ejercicio fiscal 2012:
– Para el Instituto Mexicano del Seguro Social, 187 mil 911.00 mdp;
– Para la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, 75 mil 564.74 mdp;
– Para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, 44 mil 660.25 mdp;
– Para la Dirección General de Programación y Presupuesto “A”, 8 mil 850.00 mdp;
– Para la Dirección General de Sanidad, 4 mil 982.39 mdp;
– Para el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, 3 mil 294.97 mdp;
– Para la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, 2 mil 892.77 mdp;
– Para el Hospital General de México, 2 mil 165.77 mdp;
– Para la Dirección General de Recursos Humanos, 1 mil 394.70 mdp;
– Para la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad; 1 mil 189.81 mdp; y
– Para el Centro Nacional Para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, 1 mil 193.28 mdp.
3.2) Impacto social
La inversión pública en materia de salud se justifica porque permite el mejoramiento de la productividad del factor trabajo, es una política fundamental para la formación y conservación del capital humano, ya que una población con carencias de estos servicios ve afectada su fuerza laboral, con fuertes repercusiones económicas (falta de crecimiento, mala distribución de la riqueza, retroalimentación de los factores generadores de pobreza). Desde la perspectiva del funcionamiento de los mercados, corrige las fallas de las instituciones privadas, asistiendo socialmente a la población que se encuentra en situación de pobreza, marginalidad y vulnerabilidad, o que se localiza en comunidades alejadas, de difícil acceso, y que no cuentan con los recursos económicos para asistir a las instituciones privadas de salud. También es un instrumento de redistribución de la riqueza, haciendo accesible estos servicios a la población que está expuesta a gastos catastróficos cuando se presentan algún tipo de enfermedad, sin importar la gravedad de la misma. Para el ejercicio fiscal 2012, el gasto público para la función salud representó el 2.80% del PIB, comparativamente con los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) (datos para 2011), somos de las economías que destinan menos recursos públicos para esta función, seguida por Chile que asigna el 3.98% del PIB, Corea (4.02% del PIB), Israel (4.62% del PIB) y Turquía (4.81% del PIB). Entre los países que gastan más en salud pública se encuentran: Dinamarca (9.78% del PIB); Francia (9.19% del PIB); Alemania (8.92% del PIB); Austria (8.55% del PIB) y Estados Unidos (8.30% del PIB).
Las dos fuentes de financiamiento más importantes para el gasto en salud pública en nuestro país son los recursos aprobados para el IMSS que concentró el 1.24% del PIB y para la Secretaría de Salud que obtuvo el 0.73% del PIB. Por destino del gasto, el análisis nos evidencia que la prestación de los servicios de salud para la persona es el rubro más importante donde se canalizaron estos recursos, concentraron el 2.03% del PIB del gasto total en salud, seguido por los servicios de salud a la comunidad, rubro donde se aprobó el 0.14% del PIB.
El gasto en salud pública todavía presenta altos rasgos de centralización. Para el ejercicio fiscal 2012, del gasto público total aprobado para esta función, el 2.39% de PIB es ejercido por las dependencias del Gobierno Federal o sus órganos desconcentrados, en contrapartida, el 0.41% se ejerce a través del FASSA, son recursos descentralizados que la Federación transfiere a las Entidades Federativas, los municipales y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
Uno de los problemas más importantes que enfrenta el gasto público en salud en nuestro país es que el 97.13% se destina para gasto corriente, necesario para cubrir los rubros de servicios personales (sueldos, prestaciones de seguridad social), gasto de operación para que las organizaciones operen adecuadamente (papelería y equipos de cómputo); subsidios (ayudas de carácter social y recursos para los fondos de pensiones y jubilaciones); y únicamente el 2.87% se asigna para el gasto de inversión, necesario para la modernización y ampliación de las actividades que conforman esta función, tales como la construcción de infraestructura en salud.
Un elemento importante del gasto público en salud es el relacionado con los institutos, hospitales y centros nacionales y regionales de alta especialidad, que son administrados por la Secretaría de Salud. Para el ejercicio fiscal 2012, el Hospital General de México se le asignaron 2 mil 165.77 mdp, seguido en orden de importancia por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva con 1 mil 365.78 mdp, Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia con 1 mil 193.28 mdp y el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades con 1 mil 161.89 mdp.
4 – Puestos de trabajo ocupados remunerados, dependientes de la razón social
Primera parte
Concepto Unidades
2008 2009 2010
Total del sector salud 1 411 104 1 431 082 1 441 009
Actividades características 1 169 567 1 175 407 1 188 029
Servicios 1 078 762 1 087 789 1 101 236
Servicios médicos de atención ambulatoria 352 810 357 270 359 601
Consultorios médicos 317 299 321 794 324 322
Consultorios dentales 29 545 29 603 29 257
Otros consultorios para el cuidado de la salud 5 966 5 873 6 022
Centros y residencias para el cuidado de la salud
y de asistencia social 11 445 11 349 11 486
Actividades auxiliares del cuidado a la salud 21 698 21 049 21 180
Servicios hospitalarios 502 684 506 360 508 353
Generales 336 464 338 759 341 247
Psiquiátricos y para el tratamiento por abuso de sustancias 930 925 938
De especialidades 165 290 166 676 166 168
Administración de la salud pública 190 125 191 761 200 616
Federal 113 223 109 703 113 898
Estatal 76 902 82 058 86 718
Bienes para el cuidado de la salud 90 805 87 618 86 793
Fabricación de medicamentos 54 978 53 032 53 224
Fabricación de lentes 5 122 5 197 5 828
Fabricación de materiales de curación 30 705 29 389 27 741
Actividades conexas 241 537 255 675 252 980
Servicios 185 601 201 051 196 083
Comercio de bienes relacionados con la salud 138 524 151 074 151 074
Seguros médicos privados 2 399 2 176 2 712
Investigación y desarrollo para el cuidado de la salud 2 945 2 965 3 226
Formación de personal para el sector salud 40 958 44 061 38 273
Otros servicios relacionados al cuidado de la salud 775 775 798
Bienes para el cuidado de la salud 55 936 54 624 56 897
Fabricación de bienes para el cuidado de la salud 15 877 15 739 15 667
Fabricación de otros bienes relacionados
con el cuidado de la salud 40 059 38 885 41 230
Segunda parte
Concepto Estructura porcentual
2008 2009 2010
Total del sector salud 100.0 100.0 100.0
Actividades características 82.9 82.1 82.4
Servicios 76.4 76.0 76.4
Servicios médicos de atención ambulatoria 25.0 25.0 25.0
Consultorios médicos 22.5 22.5 22.5
Consultorios dentales 2.1 2.1 2.0
Otros consultorios para el cuidado de la salud 0.4 0.4 0.4
Centros y residencias para el cuidado de la salud
y de asistencia social 0.8 0.8 0.8
Actividades auxiliares del cuidado a la salud 1.5 1.5 1.5
Servicios hospitalarios 35.6 35.4 35.3
Generales 23.8 23.7 23.7
Psiquiátricos y para el tratamiento por abuso
de sustancias 0.1 0.1 0.1
De especialidades 11.7 11.6 11.5
Administración de la salud pública 13.5 13.4 13.9
Federal 8.0 7.7 7.9
Estatal 5.4 5.7 6.0
Bienes para el cuidado de la salud 6.4 6.1 6.0
Fabricación de medicamentos 3.9 3.7 3.7
Fabricación de lentes 0.4 0.4 0.4
Fabricación de materiales de curación 2.2 2.1 1.9
Actividades conexas 17.1 17.9 17.6
Servicios 13.2 14.0 13.6
Comercio de bienes relacionados con la salud 9.8 10.6 10.5
Seguros médicos privados 0.2 0.2 0.2
Investigación y desarrollo para el cuidado
de la salud 0.2 0.2 0.2
Formación de personal para el sector salud 2.9 3.1 2.7
Otros servicios relacionados al cuidado de la salud 0.1 0.1 0.1
Bienes para el cuidado de la salud 4.0 3.8 3.9
Fabricación de bienes para el cuidado de la salud 1.1 1.1 1.1
Fabricación de otros bienes relacionados
con el cuidado de la salud 2.8 2.7 2.9
5 – Presupuesto de egresos de la Federación 2013 – Analítico de plazas y remuneraciones
Descripción |
Analítico plazas |
TOTAL |
Percepciones ordinarias brutas (unitario en pesos) |
||||||||
Nivel |
Plazas |
Horas |
Sueldos y salarios |
Prestaciones |
|||||||
Total |
Seguridad social |
Medidas de protección al salario |
Seguros a las personas |
Fondos y seguros de ahorro para el retiro |
Condiciones de trabajo, contratos colectivos y otras remuneraciones |
||||||
Total
Sector Central Órganos Administrativos Desconcentrados Entidades
|
65,667
16,425 6,527 42,725 |
|
|||||||||
Total: Sector Central
Zona económica: 1 Secretario de Estado Subsecretario Oficial Mayor Jefe de Unidad Jefe de Unidad Jefe de Unidad Director General Director General Director General Director General Director General Adjunto Director General Adjunto Director General Adjunto Director General Adjunto Director General Adjunto Director General Adjunto Director General Adjunto Director de Área Director de Área Director de Área Director de Área Director de Área Director de Área Director de Área Director de Área Director de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Subdirector de Área Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Jefe de Departamento Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad |
GA1 HB1 IA1 JC1 JB2 JA2 KC2 KC1 KA3 KA1 LC3 LB3 LB2 LB1 LA3 LA2 LA1 MC3 MC2 MC1 MB3 MB2 MB1 MA3 MA2 MA1 NC3 NC2 NB3 NB2 NB1 NA3 NA2 NA1 OC3 OC2 OC1 OB3 OB2 OB1 OA3 OA2 OA1 PC3 PB3 PA3 PA2 PA1 |
16,425
668
1 3 2 3 1 1 13 3 1 6 2 9 6 2 3 3 7 9 3 2 13 51 5 9 9 25 18 7 40 99 7 8 5 41 14 12 73 4 4 3 35 3 84 1 4 2 1 11
|
|
3,313,792 3,146,311 3,071,182 2,847,708 2,843,140 2,613,389 2,781,038 2,490,591 2,498,238 1,954,329 2,433,512 2,122,413 1,853,745 1,620,134 1,851,707 1,618,096 1,414,970 1,561,744 1,290,736 1,083,693 1,274,419 1,077,727 927,338 1,071,696 921,306 792,798 790,353 664,624 658,635 563,592 486,917 551,286 485,889 432,279 486,550 430,952 382,221 429,997 381,264 338,905 380,344 337,986 301,119 305,922 299,109 283,049 268,623 254,929 |
2,461,465 2,336,500 2,279,332 2,109,944 2,109,944 1,935,117 2,062,816 1,841,800 1,849,950 1,436,045 1,802,643 1,567,516 1,363,057 1,185,267 1,363,057 1,185,267 1,030,667 1,144,255 945,665 788,054 937,785 788,054 673,551 788,054 673,551 575,684 574,691 478,909 474,885 402,445 343,970 393,846 343,970 303,057 345,485 303,057 265,840 303,057 265,840 233,193 265,840 233,193 204,555 210,060 205,427 193,543 182,270 171,568 |
852,327 809,811 791,850 737,764 733,196 678,272 718,222 648,791 648,288 518,284 630,869 554,897 490,688 434,867 488,650 432,829 384,303 417,489 345,071 295,639 336,634 289,673 253,787 283,642 247,755 217,114 215,662 185,715 183,750 161,147 142,947 157,440 141,919 129,222 141,065 127,895 116,381 126,940 115,424 105,712 114,504 104,793 96,564 95,862 93,682 89,506 86,353 83,361 |
59,943 59,943 59,943 59,943 56,782 56,782 56,782 56,782 54,217 54,217 52,378 50,606 50,606 50,606 48,900 48,900 48,900 47,257 38,807 38,807 33,814 33,814 33,814 28,767 28,767 28,767 28,767 28,767 28,175 28,175 28,175 27,315 27,315 27,315 26,486 26,486 26,486 25,687 25,687 25,687 24,917 24,917 24,917 24,176 23,462 22,774 22,774 22,774 |
76,053 55,826 55,807 50,023 42,450 42,394 42,435 42,360 40,458 40,267 39,074 37,663 37,555 37,432 36,296 36,177 36,042 34,937 28,577 28,406 24,924 24,784 24,637 21,122 21,001 20,862 20,860 20,673 20,246 20,053 19,844 19,426 19,251 19,070 18,685 18,505 18,306 17,960 17,768 17,625 17,251 17,113 17,016 16,352 15,867 15,377 15,338 15,297 |
42,508 40,726 40,000 37,849 37,849 35,628 37,083 34,276 34,380 29,123 33,417 30,431 27,834 25,576 27,834 25,576 23,613 24,554 22,032 20,031 21,932 20,031 18,576 20,031 18,576 17,334 16,180 14,963 14,912 13,992 13,249 13,883 13,249 12,730 12,935 12,396 11,923 12,396 11,923 11,508 11,923 11,508 11,145 10,797 10,738 10,587 10,444 10,308 |
350,918 333,067 324,903 300,712 300,454 275,489 293,724 262,165 263,120 204,029 256,216 222,502 193,317 167,945 193,178 167,806 145,750 161,820 132,804 110,337 131,273 109,929 93,620 109,517 93,207 79,281 79,140 65,531 64,911 54,640 46,371 53,352 46,301 40,532 46,446 40,463 35,233 40,398 35,167 30,763 35,104 30,701 26,975 27,166 26,507 24,934 23,508 22,155 |
322,905 320,249 311,197 289,237 295,661 267,979 288,198 253,208 256,113 190,648 249,784 213,695 181,376 153,308 182,442 154,370 129,998 148,921 122,851 98,058 124,691 101,115 83,140 104,205 86,204 70,870 70,715 55,781 55,506 44,287 35,308 43,464 35,803 29,575 36,513 30,045 24,433 30,499 24,879 20,129 25,309 20,554 16,511 17,371 17,108 15,834 14,289 12,827 |
Descripción |
Analítico plazas |
TOTAL |
Percepciones ordinarias brutas (unitario en pesos) |
||||||||
Nivel |
Plazas |
Horas |
Sueldos y salarios |
Prestaciones |
|||||||
Total |
Seguridad social |
Medidas de protección al salario |
Seguros a las personas |
Fondos y seguros de ahorro para el retiro |
Condiciones de trabajo, contratos colectivos y otras remuneraciones |
||||||
Zona económica: 2 Verificador o Dictaminador Especializado “D” Coordinador Paramédico en Área Normativa “A” Coordinador Paramédico en Área Normativa “A” Coordinador Paramédico en Área Normativa “B” Jefe de Trabajo Social en Área Médica “B” Coordinador Normativo de Enfermería Jefe de Departamento en Área Médica “A” Jefe de Departamento en Área Médica “B” Médico Especialista en Área Normativa Médico Especialista “A” Cirujano Dentista Especializado Médico General “A” Cirujano Dentista “A” Médico General “B” Médico General “C” Médico Especialista “B” Médico Especialista “C” Cirujano Maxilofacial Cirujano Dentista “B” Cirujano Dentista “C” Químico “A” Biólogo “A” Biólogo “A” Técnico Laboratorista “A” Técnico Laboratorista de Bioterio Auxiliar de Laboratorio y/o Bioterio “A” Técnico Radiólogo o en Radioterapia Técnico en Electrodiagnóstico Terapista Especializado Terapista Técnico en optometría Psicólogo Clínico Citotecnólogo “A” Citotecnólogo “A” Técnico de Laboratorio de Optoaudiometría Técnico Histopatólogo Especialista en Producción Control e Investigación de Biológicos y Reactivos Productor, Controlador e Investigador en Biológicos y Reactivos Productor, Controlador e Investigador en Biológicos y Reactivos Técnico Especialista en Biológicos y Reactivos Técnico Especialista en Biológicos y Reactivos Paramédico en Área Normativa Paramédico en Área Normativa Enfermera Jefe de Servicio Coordinador de Enseñanza de Enfermería Enfermera Especialista “A” Enfermera General Titulada “A” Auxiliar de Enfermería “A” Subjefe de Farmacia Oficial y/o Preparador Despachador de Farmacia Trabajadora Social en Área Médica “A” Trabajadora Social en Área Médica “A” Técnico en Odontología Latrotécnico Subjefe de Dietética Dietista Cocinero Jefe de Hospital Cocinero en Hospital Auxiliar de Cocina en Hospital Nutricionista Técnico en Nutrición Jefe de Estadística y Archivo Clínico Técnico en Estadística en Área Médica Auxiliar de Estadística y Archivo Clínico Auxiliar de Estadística y Archivo Clínico Jefe de Admisión Auxiliar de Admisión Psicólogo Especializado Psicólogo Especializado Ayudante de Autopsias Técnico en Trabajo Social en Área Médica “A” Técnico en Atención Primaria a la Salud Supervisora de Trabajo Social en Área Médica “A” Laboratorista “A” Inhaloterapeuta Químico Jefe de Sección de Laboratorio de Análisis Clínicos “A” Químico Jefe de Sección de Laboratorio de Análisis Clínicos “A” Profesional en Comunicación Humana Enfermera General Titulada “B” Auxiliar de Enfermería “B” Enfermera General Técnica Supervisora de Trabajo Social en Área Médica “B” Trabajadora Social en Área Médica “B” Técnico de Trabajo Social en Área Médica “B” Enfermera Especialista “B” Químico “B” Químico “C” Químico Jefe de Sección de Laboratorio de Análisis Clínicos “B” Químico Jefe de Sección de Laboratorio de Análisis Clínicos “B” Químico Jefe de Sección de Laboratorio de Análisis Clínicos “C” Biólogo “B” Biólogo “C” Laboratorista “B” Técnico Laboratorista “B” Auxiliar de Laboratorio y/o Bioterio “B” Citotecnólogo “B” Citotecnólogo “B” Microscopista para el Diagnóstico del Paludismo Enfermera General Titulada “C” Enfermera General Titulada “D” Enfermera Especialista “C” Terapista Profesional en Rehabilitación Profesional en Trabajo Social en Área Médica “A” Profesional en Trabajo Social en Área Médica “A” Supervisora Profesional en Trabajo Social en Área Médica “C” Supervisora Profesional en Trabajo Social en Área Médica “C” Licenciado en Ciencias de la Nutrición Ingeniero Biomédico Veterinario “A” Veterinario “A” Técnico Puericultor Afanadora Afanadora Camillero Físico en Hospital Lavandera en Hospital Operador de Calderas en Hospital Técnico Operador de Calderas en Hospital Apoyo Administrativo en Salud – A8 Apoyo Administrativo en Salud – A8 Apoyo Administrativo en Salud – A7 Apoyo Administrativo en Salud – A7 Apoyo Administrativo en Salud – A6 Apoyo Administrativo en Salud – A6 Apoyo Administrativo en Salud – A5 Apoyo Administrativo en Salud – A5 Apoyo Administrativo en Salud – A4 Apoyo Administrativo en Salud – A4 Apoyo Administrativo en Salud – A3 Apoyo Administrativo en Salud – A3 Apoyo Administrativo en Salud – A2 Apoyo Administrativo en Salud – A1 Médico Residente Primer Grado Médico Residente Segundo Grado Médico Residente Tercer Grado Médico Residente Cuarto Grado Médico Residente Quinto Grado Post Grado para Médico Especialista Médico Residente para Trabajo Social Comunitario Itinerante |
CF41065 CF41075 CF41075 CF41076 CF41077 CF41087 CF50000 CF51000 M01002 M01004 M01005 M01006 M01007 M01008 M01009 M01010 M01011 M01012 M01014 M01015 M02001 M02002 M02002 M02003 M02004 M02005 M02006 M02007 M02011 M02012 M02014 M02015 M02016 M02016 M02017 M02019 M02020
M02022
M02022
M02023 M02023 M02029 M02029 M02031 M02032 M02034 M02035 M02036 M02037 M02038 M02040 M02040 M02042 M02043 M02044 M02045 M02046 M02047 M02048 M02049 M02050 M02057 M02058 M02059 M02059 M02060 M02061 M02062 M02062 M02063 M02066 M02068 M02072
M02074 M02075 M02077
M02077
M02078 M02081 M02082 M02083 M02084
M02085 M02086 M02087 M02088 M02089 M02090
M02090
M02091
M02092 M02093 M02094 M02095 M02096 M02097 M02097 M02098 M02105 M02106 M02107 M02109 M02110
M02110
M02112
M02112
M02115 M03001 M03002 M03002 M03003 M03005 M03005 M03006 M03007 M03011 M03012 M03013 M03018 M03018 M03019 M03019 M03020 M03020 M03021 M03021 M03022 M03022 M03023 M03023 M03024 M03025 M04001 M04002 M04003 M04004 M04005 M04011 M04012 |
14,497 6 4 15 5 3 7 31 9 3 311 3 103 19 27 17 130 126 2 4 11 94 8 6 116 7 24 44 5 3 4 7 52 1 3 1 4 4
1
2
5 12 2 3 76 3 167 445 28 2 29 1 29 2 1 2 17 11 35 22 20 3 7 27 36 1 4 45 1 19 2 6 1 5
66 6 59
9
1 92 77 16 1
1 6 10 36 7 11
1
22
2 1 36 24 16 1 10 3 140 1 53 12 50
3
15
3
2 5 1 1 5 1 134 127 6 37 12 21 27 483 709 55 103 692 213 20 193 27 18 51 16 7 1,559 1,651 1,721 1,037 572 122 682 |
|
482,250 307,340 306,644 298,370 397,915 507,718 518,405 590,800 521,471 520,139 514,976 445,340 424,703 469,706 513,656 543,364 595,901 522,311 447,330 468,494 395,183 395,183 395,879 234,670 234,670 199,344 241,242 233,974 246,946 234,670 233,974 363,770 234,670 233,974 233,974 233,974 438,673
363,770
364,466
246,250 246,946 286,345 285,649 438,673 433,285 313,218 288,004 251,544 293,892 233,974 265,388 264,692 234,670 262,403 246,250 233,974 198,648 191,244 190,860 315,336 246,250 228,479 223,500 191,244 191,940 228,479 191,244 402,019 401,323 198,648 232,646 249,704 288,052
241,242 234,670 456,137
455,441
363,770 306,545 270,313 288,004 336,398
281,945 243,593 340,328 425,015 448,098 458,018
457,322
468,326
425,711 448,098 246,946 238,177 209,379 238,177 237,481 234,670 364,754 383,881 396,751 364,466 331,632
332,328
357,837
358,533
316,032 401,323 395,183 395,879 208,683 191,556 190,860 191,556 401,323 181,872 181,872 198,648 210,726 193,905 181,962 198,123 192,652 176,611 170,462 186,443 166,352 182,274 178,488 162,626 160,684 159,615 220,847 246,904 255,090 263,899 275,983 246,904 444,138
|
339,012 193,932 193,932 191,436 271,248 359,923 417,394 478,208 372,912 371,580 369,192 312,648 296,076 332,760 367,872 390,276 429,456 373,752 314,844 331,020 271,608 271,608 271,608 143,652 143,652 117,804 148,200 143,652 153,540 143,652 143,652 245,904 143,652 143,652 143,652 143,652 304,788
245,904
245,904
153,540 153,540 180,384 180,384 304,788 303,612 209,628 191,040 163,308 185,028 143,652 171,072 171,072 143,652 163,296 153,540 143,652 117,804 110,400 110,016 204,252 153,540 139,428 135,264 110,400 110,400 139,428 110,400 274,380 274,380 117,804 143,652 154,344 191,784
148,200 143,652 321,240
321,240
245,904 205,548 176,868 191,040 221,820
187,068 154,344 232,176 297,084 316,308 321,516
321,516
331,548
297,084 316,308 153,540 145,680 125,088 145,680 145,680 143,652 246,192 260,076 269,112 245,904 221,820
221,820
241,488
241,488
204,252 274,380 271,608 271,608 125,088 110,016 110,016 110,016 274,380 101,028 101,028 117,804 124,704 124,704 114,276 114,276 109,200 109,200 103,188 103,188 99,216 99,216 95,628 95,628 93,960 92,556 153,434 175,602 182,698 190,278 198,088 175,602 312,648 |
143,238 113,408 112,712 106,934 126,667 147,795 101,011 112,592 148,559 148,559 145,784 132,692 128,627 136,946 145,784 153,088 166,445 148,559 132,486 137,474 123,575 123,575 124,271 91,018 91,018 81,540 93,042 90,322 93,406 91,018 90,322 117,866 91,018 90,322 90,322 90,322 133,885
117,866
118,562
92,710 93,406 105,961 105,265 133,885 129,673 103,590 96,964 88,236 108,864 90,322 94,316 93,620 91,018 99,107 92,710 90,322 80,844 80,844 80,844 111,084 92,710 89,051 88,236 80,844 81,540 89,051 80,844 127,639 126,943 80,844 88,994 95,360 96,268
93,042 91,018 134,897
134,201
117,866 100,997 93,445 96,964 114,578
94,877 89,249 108,152 127,931 131,790 136,502
135,806
136,778
128,627 131,790 93,406 92,497 84,291 92,497 91,801 91,018 118,562 123,805 127,639 118,562 109,812
110,508
116,349
117,045
111,780 126,943 123,575 124,271 83,595 81,540 80,844 81,540 126,943 80,844 80,844 80,844 86,022 69,201 67,686 83,847 83,452 67,411 67,274 83,255 67,136 83,058 82,860 66,998 66,724 67,059 67,413 71,302 72,392 73,621 77,895 71,302 131,490 |
52,410 39,279 39,279 36,793 45,282 54,071 54,136 59,943 54,400 54,400 53,206 47,574 45,826 49,404 53,206 56,348 59,943 54,400 47,485 49,631 43,952 43,952 43,952 29,647 29,647 25,569 30,518 29,647 30,674 29,647 29,647 41,496 29,647 29,647 29,647 29,647 48,087
41,496
41,496
30,674 30,674 36,075 36,075 48,087 46,275 35,055 32,205 28,450 37,623 29,647 31,065 31,065 29,647 33,426 30,674 29,647 25,569 25,569 25,569 38,578 30,674 29,100 28,450 25,569 25,569 29,100 25,569 45,401 45,401 25,569 28,776 31,814 32,205
30,518 29,647 48,523
48,523
41,496 33,939 30,691 32,205 40,081
31,307 29,185 37,017 45,826 47,485 49,213
49,213
49,631
45,826 47,485 30,674 30,283 26,753 30,283 30,283 29,647 41,496 43,751 45,401 41,496 38,031
38,031
40,843
40,843
38,578 45,401 43,952 43,952 26,753 25,569 25,569 25,569 45,401 25,569 25,569 25,569 27,498 24,517 23,703 26,562 26,392 23,555 23,482 26,307 23,408 26,222 26,137 23,334 23,186 23,038 22,619 24,257 24,716 25,234 27,034 24,257 49,607 |
50,532 42,668 42,668 41,180 46,263 51,526 39,484 44,417 51,723 51,723 51,009 47,636 46,589 48,732 51,009 52,890 57,451 51,723 47,583 48,868 45,467 45,467 45,467 36,901 36,901 34,459 37,422 36,901 37,516 36,901 36,901 43,996 36,901 36,901 36,901 36,901 47,943
43,996
43,996
37,516 37,516 40,750 40,750 47,943 46,858 40,139 38,432 36,184 41,677 36,901 37,750 37,750 36,901 39,163 37,516 36,901 34,459 34,459 34,459 42,249 37,516 36,573 36,184 34,459 34,459 36,573 34,459 46,334 46,334 34,459 36,379 38,198 38,432
37,422 36,901 48,204
48,204
43,996 39,471 37,526 38,432 43,149
37,894 36,624 41,314 46,589 47,583 48,618
48,618
48,868
46,589 47,583 37,516 37,281 35,167 37,281 37,281 36,901 43,996 45,347 46,334 43,996 41,921
41,921
43,605
43,605
42,249 46,334 45,467 45,467 35,167 34,459 34,459 34,459 46,334 34,459 34,459 34,459 35,613 34,807 34,280 35,053 34,951 34,184 34,136 34,901 34,088 34,850 34,799 34,040 33,945 33,849 24,083 25,023 25,287 25,584 26,617 25,023 39,572 |
2,140 2,248 1,552 1,441 1,821 2,911 3,246 3,616 2,926 2,926 2,872 2,620 2,541 2,702 2,872 3,013 3,354 2,926 2,616 2,712 1,761 1,761 2,457 1,816 1,816 1,634 1,855 1,120 1,862 1,816 1,120 1,651 1,816 1,120 1,120 1,120 2,643
1,651
2,347
1,166 1,862 2,104 1,408 2,643 2,562 2,059 1,931 1,763 1,478 1,120 1,880 1,184 1,816 1,290 1,166 1,120 938 938 938 1,521 1,166 1,096 1,763 938 1,634 1,096 938 2,522 1,826 938 1,777 1,218 1,235
1,855 1,816 2,662
1,966
1,651 2,009 1,863 1,931 1,588
1,891 1,100 2,147 1,845 1,920 2,693
1,997
2,016
2,541 1,920 1,862 1,845 1,687 1,845 1,149 1,816 2,347 2,448 2,522 2,347 1,496
2,192
1,622
2,318
2,217 1,826 1,761 2,457 991 1,634 938 1,634 1,826 938 938 938 1,720 1,024 982 1,678 1,671 975 971 1,667 967 1,663 1,659 963 956 948 1,468 1,538 1,558 1,580 1,658 1,538 2,627 |
4,005 2,939 2,939 2,737 3,426 4,140 4,145 4,616 4,166 4,166 4,069 3,612 3,470 3,761 4,069 4,324 4,616 4,166 3,605 3,779 3,318 3,318 3,318 2,157 2,157 1,827 2,228 2,157 2,241 2,157 2,157 3,119 2,157 2,157 2,157 2,157 3,654
3,119
3,119
2,241 2,241 2,679 2,679 3,654 3,507 2,596 2,365 2,060 2,805 2,157 2,273 2,273 2,157 2,464 2,241 2,157 1,827 1,827 1,827 2,882 2,241 2,113 2,060 1,827 1,827 2,113 1,827 3,436 3,436 1,827 2,087 2,333 2,365
2,228 2,157 3,689
3,689
3,119 2,506 2,242 2,365 3,004
2,292 2,120 2,756 3,470 3,605 3,745
3,745
3,779
3,470 3,605 2,241 2,209 1,923 2,209 2,209 2,157 3,119 3,302 3,436 3,119 2,838
2,838
3,066
3,066
2,882 3,436 3,318 3,318 1,923 1,827 1,827 1,827 3,436 1,827 1,827 1,827 1,983 1,741 1,675 1,907 1,893 1,663 1,657 1,886 1,651 1,880 1,873 1,645 1,633 1,621 1,587 1,720 1,757 1,799 1,945 1,720 3,777 |
34,151 26,274 26,274 24,783 29,875 35,147
35,344 35,344 34,628 31,250 30,201 32,347 34,628 36,513 41,081 35,344 31,197 32,484 29,077 29,077 29,077 20,497 20,497 18,051 21,019 20,497 21,113 20,497 20,497 27,604 20,497 20,497 20,497 20,497 31,558
27,604
27,604
21,113 21,113 24,353 24,353 31,558 30,471 23,741 22,031 19,779 25,281 20,497 21,348 21,348 20,497 22,764 21,113 20,497 18,051 18,051 18,051 25,854 21,113 20,169 19,779 18,051 18,051 20,169 18,051 29,946 29,946 18,051 19,975 21,797 22,031
21,019 20,497 31,819
31,819
27,604 23,072 21,123 22,031 26,756
21,493 20,220 24,918 30,201 31,197 32,233
32,233
32,484
30,201 31,197 21,113 20,879 18,761 20,879 20,879 20,497 27,604 28,957 29,946 27,604 25,526
25,526
27,213
27,213
25,854 29,946 29,077 29,077 18,761 18,051 18,051 18,051 29,946 18,051 18,051 18,051 19,208 7,112 7,046 18,647 18,545 7,034 7,028 18,494 7,022 18,443 18,392 7,016 7,004 7,603 17,656 18,764 19,074 19,424 20,641 18,764 35,907 |
Zona económica: 3
Jefe de División Verificador o Dictaminador Sanitario “C” Coordinador Paramédico en Área Normativa “A” Médico Especialista “A” Técnico Laboratorista “A” Trabajadora Social en Área Médica “A” Laboratorista “A” Inhaloterapeuta Enfermera General Titulada “B” Trabajadora Social en Área Médica “B” Auxiliar de Laboratorio y/o Bioterio “B” Profesional en Trabajo Social en Área Médica “A” Camillero Apoyo Administrativo en Salud – A6 Apoyo Administrativo en Salud – A5 Apoyo Administrativo en Salud – A3 Apoyo Administrativo en Salud – A2 Apoyo Administrativo en Salud – A2 Médico Residente Primer Grado Médico Residente Segundo Grado Médico Residente Tercer Grado Médico Residente Cuarto Grado Médico Residente Quinto Grado |
CF41012 CF41061 CF41075 M01004 M02003 M02040 M02074 M02075 M02081 M02085 M02096 M02110
M03006 M03020 M03021 M03023 M03024 M03024 M04001 M04002 M04003 M04004 M04005 |
1,260
2 1 7 4 1 8 2 1 56 3 1 4
2 1 1 37 1 1 339 271 288 191 38 |
|
712,161 470,328 337,407 570,518 255,679 286,197 262,405 255,679 335,876 303,263 228,054 363,318
205,249 188,123 176,821 171,652 169,373 185,775 234,951 263,046 271,883 281,389 294,191 |
528,720 332,688 216,084 409,632 158,556 189,012 163,260 158,556 227,724 202,512 138,372 245,016
120,936 118,812 107,784 103,140 101,136 101,136 161,720 185,084 192,564 200,552 208,784 |
183,441 137,640 121,323 160,886 97,123 97,185 99,145 97,123 108,152 100,751 89,682 118,302
84,313 69,311 69,037 68,512 68,237 84,639 73,231 77,962 79,319 80,837 85,407 |
59,943 50,002 42,983 59,702 32,273 32,599 33,143 32,273 37,017 33,834 29,072 41,683
26,763 24,576 24,428 24,147 23,999 26,903 25,069 27,062 27,634 28,273 30,198 |
65,636 49,090 44,886 54,899 38,473 38,668 38,994 38,473 41,314 39,408 36,556 44,108
35,173 34,845 34,750 34,567 34,472 35,257 25,490 26,633 26,961 27,328 28,433 |
3,967 2,033 1,718 3,163 1,934 1,253 1,973 1,934 2,147 2,004 1,791 1,660
1,687 1,027 1,020 1,005 997 1,693 1,573 1,659 1,683 1,711 1,793 |
4,616 3,809 3,240 4,597 2,371 2,397 2,441 2,371 2,756 2,497 2,111 3,134
1,923 1,746 1,734 1,711 1,699 1,935 1,786 1,948 1,994 2,046 2,202 |
49,279 32,706 28,496 38,525 22,072 22,268 22,594 22,072 24,918 23,008 20,152 27,717
18,767 7,117 7,105 7,082 7,070 18,851 19,313 20,660 21,047 21,479 22,781 |
6 – Relación única de la normativa de la Secretaría de Salud
1. Políticas, bases y lineamientos que deberán observar los servidores públicos de las Unidades Administrativas Centrales y de los Órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, en los procedimientos de contratación para la adquisición y arrendamiento de bienes muebles y, la prestación de servicios de cualquier naturaleza, con excepción de los servicios relacionados con la obra pública.
2. Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
3. Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Bases del Comité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Salud.
4. Políticas en Materia de Adquisiciones y Contrataciones del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios de los Servicios de Atención Psiquiátrica.
5. Código de Ética de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
6. Código de Conducta de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
7. Manual de Procedimientos de la Oficina del Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad.
8. Manual de Procedimientos de los Servicios de Atención Psiquiátrica.
9. Manual de Procedimientos de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
10. Manual de Procedimientos de la Subsecretaría de Administración y Finanzas.
11. Manual de Procedimientos de la Coordinación General de los Institutos Nacionales de Salud.
12. Manual de Procedimientos de la Unidad de Análisis Económico.
13. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud.
14. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Comunicación Social.
15. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Coordinación y Desarrollo de los Hospitales Federales de Referencia.
16. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física.
17. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Evaluación del Desempeño.
18. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Información en Salud.
19. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud.
20. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Políticas de Investigación en Salud.
21. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto.
22. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Promoción de la Salud.
23. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
24. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Relaciones Internacionales.
25. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
26. Manual de Procedimientos del Secretariado Técnico del Consejo Nacional Contra las Adicciones.
27. Manual de Procedimientos del Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud.
28. Manual de Procedimientos de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
29. Manual de Procedimientos del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud.
30. Manual de Procedimientos del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
31. Manual de Procedimientos del Centro Nacional de Trasplantes.
32. Manual de Procedimientos del Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades.
33. Manual de Procedimientos del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.
34. Manual de Procedimientos del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
35. Manual de Procedimientos de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios.
36. Manual de Procedimientos de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
37. Lineamientos para el otorgamiento del aval a eventos de capacitación de Recursos Humanos en Salud.
38. Catálogo Institucional de puestos con indicadores laborales.
39. Reglamento para Controlar y Estimular al Personal de Base de la Secretaría de Salud, por Asistencia, Puntualidad y Permanencia en el Trabajo.
40. Reglamento de Vestuario y Equipo.
41. Reglamento de Capacitación.
42. Criterios para Dictaminar Técnicamente Eventos de Capacitación.
43. Criterios para Dictaminar Técnicamente Eventos de Capacitación Técnico-Administrativo.
44. Reglamento de Escalafón.
45. Reglamento de Becas.
46. Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
47. Manual de Procedimientos de la Dirección General de Recursos Humanos.
48. Acuerdo 140 por el que se Crea el Comité de Capacitación y Desarrollo de Personal de la Secretaría de Salud.
49. Lineamientos en Materia de Asistencia y Puntualidad.
50. Lineamientos sobre el Uso de Uniformes.
51. Guía Técnica para la elaboración de Manuales de Organización Específicos de la Secretaría de Salud.
52. Guía Técnica para la elaboración de Manuales de Procedimientos de la Secretaría de Salud.
53. Lineamientos Generales para el Programa de Compensación por laborar en Comunidades de
Bajo Desarrollo.
54. Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles.
55. Acuerdo por el que se Crea el Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía de la Secretaría de Salud.
56. Reglas Internas de Operación del Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía de la Secretaría de Salud.
57. Lineamientos para la Integración, Manejo y Conservación del Expediente Único de Personal.
58. Procedimiento para la designación de Directores Generales en los Institutos Nacionales de Salud.
7 – Catálogo sectorial de puestos rama médica, paramédica y afín
“RAMA MEDICA”
MÓ1002 MEDICO ESPECIALISTA EN AREA NORMATIVA
M01003 MEDICO GENERAL EN AREA NORMATIVA
M01004 MEDICO ESPECIALISTA “A”
M01005 CIRUJANO DENTISTA ESPECIALIZADO
M01006 MEDICO GENERAL “A”
M01007 CIRUJANO DENTISTA “A”
M01008 MEDICO GENERAL “13”
M01009 MEDICO GENERAL “C”
M01010 MEDICO ESPECIALISTA “13”
M01011 MEDICO ESPECIALISTA “C”
M01012 CIRUJANO MAXILO FACIAL
M01014 CIRUJANO DENTISTA “B”
M01015 CIRUJANO DENTISTA “O”
“RAMA ENFERMERIA”
CF41023 JEFE DE ENFERMERAS DE PRIMER NIVEL
CF41024 JEFE DE ENFERMERAS “A”
CF41025 JEFE DE ENFERMERAS “B”
CF41026 JEFE DE ENFERMERAS “C”
CF41027 JEFE DE ENFERMERAS “D”
CF41028 JEFE DE ENFERMERAS “E”
CF41052 SUBJEFE DE ENFERMERAS
MO2030 ENFERMERA ESPECIALISTA EN OBSTETRICIA
MO2031 ENFERMERA JEFE DE SERVICIO
MO2032 COORD. DE ENSEÑANZA DE ENFERMERIA
MO2034 ENFERMERA ESPECIALISTA “A”
MO2035 ENFERMERA GENERAL TITULADA “A”
MO2036 AUXILIAR DE ENFERMERIA “A”
MO2081 ENFERMERA GENERAL TITULADA “B”
MO2082 AUXILIAR DE ENFERMERIA “8”
MO2083 ENFERMERA GENERAL TECNICA
MO2087 • ENFERMERA ESPECIALISTA “B”
MO2105 ENFERMERA GENERAL TITULADA “C”
MO2106 ENFERMERA GENERAL TITULADA “D”
MO2107 ‘ ENFERMERA ESPECIALISTA “C”
MO2108 ENFERMERA ESPECIALISTA “D”
“RAMA PARAMEDICA Y AFIN”
MO2001 QUIMICO “A”
MO2002 BIOLOGO “A”
MO2003 TECNICO LABORATORISTA “A”
MO2004 TECNICO LABORATORISTA DE BIOTERIO
MO2005 AUX. DE LABORATORIO Y/O BIOTERIO “A” •
MO2006 TECNICO RADIOLOGO O EN RADIOTERAPIA
MO2007 TECNICO EN ELECTRODIAGNOSTICO •
MO2008 SUPERVISOR DE MANUFACTURAS DE PROTESIS VALVULARES
MO2009 TECNICO DE PROTESIS VALVULARES
MO2010 SUPERVISOR DE TERAPISTAS
MO2011 TERAPISTA ESPECIALIZADO
MO2012 TERAPISTA
MO2013 TECNICO PROTESISTA Y ORTESISTA
MO2014 TECNICO EN OPTOMETRIA
MO2015 PSICOLOGO CLINICO
MO2016 CITOTECNOLOGO “A”
MO2017 TECNICO DE LAB. DE OPTOAUDIOMETRIA
MO2018 TECNICO ANESTESISTA
MO2019 TECNICO HISTOPATOLOGO
MO2020 ESPEC. EN PROD. CONTROL E INVEST. DE BIOL. Y REAC
MO2021 SUPERVISOR EN PROD. CONTROL E INVEST. DE BIOL. Y REAC.
MO2022 PROD. CONTROLADOR E INVEST. DE BIOL. Y REAC
MO2023 TECNICO ESPECIALISTA EN BIOLOGICOS Y REACTIVOS
MO2024 TECNICO EN BIOLOGICOS Y REACTIVOS
MO2025 ENFERMERA ESPECIALISTA EN AREA NORMATIVA
MO2029 PARAMEDICO EN AREA NORMATIVA
MO2037 SUBJEFE DE FARMACIA
MO2038 OFICIAL Y/O PREP. DESPACHADOR DE FARMACIA
MO2040 TRABAJADORA SOCIAL EN AREA MEDICA “A”
MO2041 TÉCNICO GERICULTISTA
MO2042 TECNICO EN ODONTOLOGIA
MO2043 IATROTECNICO
MO2044 SUBJEFE DE DIETETICA
MO2045 DIETISTA
MO2046 COCINERO JEFE DE HOSPITAL
MO2047 COCINERO EN HOSPITAL
MO2048 AUX. DE COCINA EN HOSPITAL
MO2049 NUTRICIONISTA
MO2050 TECNICO EN NUTRICION
MO2051 ECONOMO
MO2054 JEFE DE BRIGADA EN PROGRAMAS DE SALUD
MO2055 JEFE DE SECTOR EN PROGRAMAS DE SALUD
MO2056 JEFE DE DISTRITO EN PROGRAMAS DE SALUD
MO2057 JEFE DE ESTADISTICA Y ARCHIVO CLINICO
MO2058 TECNICO EN ESTADISTICA EN AREA MEDICA
MO2059 AUX. DE ESTADISTICA Y ARCHIVO CLINICO
MO2060 JEFE DE ADMISION
MO2061 AUXILIAR DE ADMISION
MO2062 PSICOLOGO ESPECIALIZADO
MO2063 AYUDANTE DE AUTOPSIAS
MO2064 AUXILIAR TECNICO DE DIAGNOSTICO Y/O TRATAMIENTO
MO2065 MASAJISTA
MO2066 TECNICO EN TRABAJO SOCIAL EN AREA MEDICA “A”
MO2067 OPERADOR CLINICO DE PRIMER NIVEL
MO2068 TECNICO EN ATENCION PRIMARIA A LA SALUD
MO2069 TECNICO EN SALUD EN UNIDAD AUXILIAR
MO2072 SUPERVISORA DE TRABAJO SOCIAL EN AREA MEDICA “A”
MO2073 TECNICO EN PROGRAMAS DE SALUD
MO2074 LABORATORISTA “A”
MO2075 INHALOTERAPEUTA
MO2076 AUXILIAR DE PROTESISTA Y ORTESISTA
MO2077 QUIMICO JEFE DE SECC. DE LAB. DE ANALISIS CLINICOS “A”
MO2078 PROFESIONAL EN COMUNICACION HUMANA
MO2079 TECNICO EN SANEAMIENTO BASICO Y AMBIENTAL
MO2080 TECNICO EN VERIFICACION SANITARIA
MO2084 SUPERVISORA DE TRABAJO SOCIAL EN AREA MEDICA “B”
MO2085 TRABAJADORA SOCIAL EN AREA MEDICA “8”
MO2086 TECNICO EN TRABAJO SOCIAL EN AREA MEDICA “B”
MO2088 QUIMICO “8”
MO2089 QUIMICO “C”
MO2090 QUIMICO JEFE DE SECC. DE LAB. DE ANALISIS CLINICOS “8”
MO2091 QUIMICO JEFE DE SECC. DE LAB. DE ANALISIS CLINICOS “C”
MO2092 BIOLOGO “B”
MO2093 BIOLOGO “C”
MO2094 LABORATORISTA “B”
MO2095 TECNICO LABORATORISTA “8”
MO2096 AUX. DE LABORATORIO Y/O BIOTERIO “B”
MO2097 CITOTECNOLOGO “B”
MO2098 MICROSCOPISTA PARA EL DIAGNOSTICO DEL PALUDISMO
MO2109 TERAPISTA PROFESIONAL EN REHABILITACION
M03001 INGENIERO BIOMEDICO
M03002 VETERINARIO “A”
M03003 TECNICO PUERICULTOR
M03004 PROMOTOR EN SALUD M03005 AFANADORA
M03006 CAMILLERO
M03007 FISICO EN HOSPITAL
M03008 EDUCADORA EN AREA MÉDICA
M03009 VETERINARIO “B”
M03010 VETERINARIO “C”
M03011 LAVANDERA EN HOSPITAL
M03012 OPERADOR DE CALDERAS EN HOSPITAL
M03013 TECNICO OPERADOR DE CALDERAS EN HOSPITAL
“RAMA MEDICA CONFIANZA”
CF41001 JEFE DE UNIDAD DE ATENCION MÉDICA “A”
CF41002 JEFE DE UNIDAD DE ATENCION MÉDICA “B”
CF41003 JEFE DE UNIDAD DE ATENCION MÉDICA “C”
CF41004 JEFE DE UNIDAD DE ATENCION MÉDICA “D”
CF41006 SUBDIRECTOR MEDICO “B” EN HOSPITAL
CF41007 SUBDIRECTOR MEDICO “C” EN HOSPITAL
CF41008 SUBDIRECTOR MEDICO “EY’ EN HOSPITAL
CF41009 SUBDIRECTOR MEDICO “E” EN HOSPITAL
CF41010 SUBDIRECTOR MEDICO “F” EN HOSPITAL
CF41011 ASISTENTE DE LA DIRECCION DEL HOSPITAL
CF41012 JEFE DE DIVISION
CF41013 JEFE DE SERVICIOS
CF41014 JEFE DE UNIDAD EN HOSPITAL
CF41015 COORD. MEDICO EN AREA NORMATIVA “A”
CF41016 COORD. MEDICO EN AREA NORMATIVA “B”
CF41040 SUPERV. MEDICO EN AREA NORMATIVA
CF41074 SUPERVISOR PARAMEDICO EN AREA NORMATIVA
CF41075 COORDINADOR PARAMEDICO EN AREA NORMATIVA “A”
CF41076 COORDINADOR PARAMEDICO EN AREA NORMATIVA “B”
CF50000 JEFE DE DEPTO. EN AREA MÉDICA “A”
CF51000 JEFE DE DEPTO. EN AREA MÉDICA “8”
“RAMA PARAMEDICA Y AFIN CONFIANZA’
CF41017 JEFE DE LABORATORIO REGIONAL
CF41018 JEFE DE LABORATORIO CLINICO
CF41022 JEFE DE PSICOLOGIA CLINICA
CF41030 JEFE DE REGISTROS HOSPITALARIOS
CF41031 JEFE DE FARMACIA
CF41032 JEFE DE DIETETICA
CF41036 INSPECTOR O DICTAMINADOR SANITARIO “C” . CF41037 SUPERV.DE INSPEC. O DICT. SANITARIA
CF41038 SUPERV. DE ACCION COMUNITARIA DE P.A.P.A.
CF41039 COORD. MUNICIPAL
CF41050 INSPECTOR SANIT. Y/0 DICTAMINADOR MEDICO
CF41054 JEFE DE TRABAJO SOCIAbEN AREA MÉDICA
CF41055 AUXILIAR DE VERIFICACION SANITARIA
CF41056 TEC. EN VERIF., DICT. O SANEAMIENTO “A”
CF41057 TEC. EN VERIF., DICT. O SANEAMIENTO “B”
CF41058 TEC. EN VERIF., DICT. O SANEAMIENTO “C”
CF41059 VERIF. O DICTAMINADOR SANITARIO “A”
CF41060 VERIF. O DICTAMINADOR SANITARIO “B”
CF41061 VERIF. O DICTAMINADOR SANITARIO “C”.
CF41062 VERIF. O DICTAMINADOR ESPECIALIZADO “A”
CF41063 VERIF. O DICTAMINADOR ESPECIALIZADO “B”
CF41064 VERIF. O DICTAMINADOR ESPECIALIZADO “C”
CF41065 VERIF. O DICTAMINADOR ESPECIALIZADO “D”
“INVESTIGACION”
CF41041 INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “D.”
CF41042 INVESTIGADOR EN CIENCIAS MEDICAS “E”
CF41043 INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “F”
CF41044 INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “A”
CF41045 INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “B”
CF41046 INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “C”
CF41047 AYUDANTE DE INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “A”
CF41048 AYUDANTE DE INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “B”
CF41049 AYUDANTE DE INVESTIGADOR EN CIENCIAS MÉDICAS “C”
8 – Descripción de indicadores laborales
FONDO DE INDEMNIZACIONES AL ERARIO FEDERAL (FIEF)
DEFINICIÓN:
Es la retención que se hace en el salario de aquellos servidores públicos de la Secretaría que dentro de sus funciones conllevan en forma explícita o implícita el manejo, custodia, recaudación, administración de fondos, bienes y valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal, así como las de intervenir en la determinación, autorización y contratación de créditos a favor o en contra del mismo.
FUNDAMENTO:
Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación y su Reglamento.
MONTO:
El monto del descuento que cauciona cada puesto del Catálogo del Gobierno Federal, se fija en el dictamen que emite la Tesorería de la Federación. Actualmente se descuenta el .001% del sueldo tabular del trabajador.
CONCEPTO DE DESCUENTO:
La retención correspondiente al Fondo de Indemnizaciones al Erario Federal se refleja en el concepto 26 del Comprobante de Percepciones y Descuentos.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1, C.1 y C.2 en los casos que se indican.
CUOTA SINDICAL
DEFINICIÓN:
Es la retención que se aplica a todos los trabajadores de base como aportación económica a la organización sindical.
FUNDAMENTO:
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Artículo 38, fracción II, y Estatuto General del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, Artículo 172.
MONTO:
El monto de la retención corresponde al 2% del sueldo tabular del trabajador.
CONCEPTO DE DESCUENTO:
La retención correspondiente a la cuota sindical se refleja en el concepto 58 del Comprobante de Percepciones y Descuentos.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. y C.1 en algunos casos, de acuerdo a la fecha de ingreso del trabajador al puesto. El descuento de cuota sindical se aplica a todos los trabajadores de base de la Secretaría (puesto B.1).
En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar el descuento de cuota sindical, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983 se les aplique tal descuento, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
* ESTÍMULOS
Los estímulos son los incentivos económicos o de reconocimiento que otorga la institución para motivar al personal en la consecución del logro de sus objetivos, siendo los siguientes:
* ESTÍMULO ECONÓMICO POR PRODUCTIVIDAD (P)
DEFINICIÓN:
Es el incentivo que se paga mensualmente a los servidores públicos por el desempeño y productividad observado en el desarrollo de sus labores.
FUNDAMENTO:
Norma que Regula la Designación del Empleado del Mes, USC-PE03-98-SHCP,
Condiciones Generales de Trabajo, Capítulo IX, y
Reglamento para Evaluar y Estimular al Personal de la Secretaría de Salud, por Productividad en el Trabajo.
MONTO:
Díez días de salario mínimo general en vales de despensa.
Se otorga un estímulo por cada 20 trabajadores.
Se paga durante el mes siguiente al de la evaluación.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1., C.1 y C.2.
* ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA (APP)
DEFINICIÓN:
Es la percepción que se paga al trabajador por concepto de estímulo económico por Asistencia, Puntualidad y Permanencia en el Trabajo.
Existen tres tipos de estímulos económicos:
I. Por Puntualidad y Asistencia. Es el pago extraordinario de un día de sueldo tabular correspondiente, al servidor público que en el transcurso de un mes calendario no tenga inasistencias ni retardos al trabajo, excepto de un día económico.
II. Asistencia y Permanencia. Es el pago extraordinario de una cantidad de dinero determinada porcentualmente, al trabajador que durante el período comprendido del 1° de octubre de un año al 30 de septiembre del año siguiente, asista habitualmente a sus labores y permanezca en su área de adscripción, desarrollando sus funciones con la intensidad y calidad requeridas.
III. Asistencia Perfecta. Es el número de días de estímulo a pagar con salario tabular para aquellos trabajadores que acrediten el 100% de su asistencia. No se computarán para estos efectos como días laborados las ausencias justificadas como días económicos, licencias con goce de sueldo o licencias o certificados de incapacidad por prescripción médica. Consiste en el pago extraordinario de una cantidad de dinero, y podrán solicitar el pago del estímulo aquellos trabajadores que asistan a trabajar la totalidad de días laborales en el año, exceptuándose los días correspondientes a los períodos vacacionales ordinarios y extraordinarios, los días de descanso obligatorio, dictámenes expedidos por el ISSSTE por accidentes de trabajo o enfermedad profesional y licencias médicas por gravidez, y computar hasta cinco inasistencias por días económicos, licencias médicas, faltas de asistencia y licencias con y sin goce de sueldo.
FUNDAMENTO:
Condiciones Generales de Trabajo, Capítulo VIII, IX, y
Reglamento para Controlar y Estimular al Personal de Base de la Secretaría de Salud, por Asistencia, Puntualidad y Permanencia en el Trabajo.
MONTO:
a) Puntualidad y Asistencia: un día de sueldo tabular al mes. Se paga trimestralmente.
b) Asistencia y Permanencia: de 5 a 10 días de sueldo tabular al año, de acuerdo con los porcentajes de la evaluación y su antigüedad. Se paga en el mes de diciembre de cada año.
c) De conformidad con el cuadro señalado en el apartado III.
CONCEPTO DE PERCEPCIÓN:
La percepción correspondiente a los estímulos económicos por asistencia, puntualidad y permanencia se reflejan en el concepto 69 del Comprobante de Percepciones y Descuentos. APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983 se les aplique, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
OBSERVACIONES:
Este estímulo se aplica a todos los trabajadores de base que ocupen puesto B.1. Por otra parte, en la columna (APP) aparecen puestos C.1., señalados con la palabra “NO” marcada con un número 1, lo que significa que estará sujeto a la fecha de ingreso del trabajador, es procedente el pago de este estímulo de así corresponderle.
* CELEBRACIÓN DEL DIA DE LAS MADRES (CDM)
DEFINICIÓN:
Es el estímulo económico que se otorga a las madres trabajadoras con motivo del Día de las Madres, consistente en un monto en efectivo de catorce días de salario mínimo general, así como el descanso correspondiente a ese mismo día.
FUNDAMENTO:
Condiciones Generales de Trabajo, Artículos 136 y 216.
MONTO:
14 días de Salario Mínimo General y se paga en efectivo.
Se paga exclusivamente a madres trabajadoras, durante la primer quincena del mes de mayo de cada año.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. y C.1. En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983 se les aplique, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
* DÍA DE REYES (DR)
Es el estímulo económico que se otorga a los Trabajadores con hijos menores de doce años el día seis de enero de cada año, mediante el sistema de pago que se aplica normalmente en la percepción salarial, como ayuda para la adquisición de juguetes
FUNDAMENTO:
Condiciones Generales de Trabajo, Artículo 126 Fracción XXX.
MONTO:
10 Salarios Mínimos Burocráticos
Se paga como máximo por trabajador.
APLICACIÓN DE PUESTOS:
B.1. y C.1. En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del
21 de febrero de 1983 se les aplique, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
*DÍA DEL TRABAJADOR DE LA SECRETARÍA DE SALUD (SSA)
DEFINICIÓN:
Es el estímulo económico que se otorga a todos los trabajadores de base con motivo del Día del Trabajador de la Secretaría de Salud, el 15 de octubre de cada año, consistente en la cantidad de nueve días de salario mínimo general en efectivo.
FUNDAMENTO:
Condiciones Generales de Trabajo, Artículo 217.
MONTO:
9 días de Salario Mínimo General en efectivo.
Se paga durante la primera quincena del mes de octubre de cada año.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. y C.1. En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983 se les aplique, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
* RECONOCIMIENTO ECONÓMICO POR ANTIGÜEDAD EN EL SERVICIO (PA)
DEFINICIÓN:
Es el estímulo económico que se otorga por antigüedad efectiva en el servicio a los trabajadores que en el año correspondiente cumplan 20, 25, 30, 35, 40, 45 ó 50 años de servicios, en la Secretaría de Salud.
FUNDAMENTO:
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
Condiciones Generales de Trabajo, Artículo 210, 219 y 220.
RECONOCIMIENTO.
PREMIOS. Consisten en medallas y diplomas que se otorgan a los trabajadores con motivo de su antigüedad, al cumplir 20, 25, 30, 35, 40, 45 ó 50 años de servicio prestados a la Secretaría.
PREMIOS:
20 años MEDALLA: DR. GALO SOBERÓN Y PARRA 25 años MEDALLA: DR. ALFONSO PRUNEDA 30 años MEDALLA: DR. MAXIMILIANO RUÍZ CASTAÑEDA 35 años MEDALLA: DR. GUSTAVO BAZ PRADA 40 años MEDALLA: DR. MANUEL MARTÍNEZ BAEZ 45 años MEDALLA: DR. IGNACIO CHÁVEZ SÁNCHEZ 50 años MEDALLA: DR. MIGUEL E. BUSTAMANTE
MONTO:
$ 4,000.00 en efectivo por 20 años de servicio. $ 5,000.00 en efectivo por 25 años de servicio. $ 6,000.00 en efectivo por 30 años de servicio. $ 7,000.00 en efectivo por 35 años de servicio. $ 8,000.00 en efectivo por 40 años de servicio. $ 9,000.00 en efectivo por 45 años de servicio. $10,000.00 en efectivo por 50 años de servicio.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. y C.1. En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983 se les aplique, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
* PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS (PER)
DEFINICIONES:
a) ESTÍMULOS. Consiste en diez días de vacaciones extraordinarias, sin pago adicional.
b) RECOMPENSAS. Consiste en el otorgamiento de gratificaciones en efectivo por el buen desempeño de las actividades encomendadas, en términos de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, por un monto establecido anualmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y se otorga una recompensa por cada 250 trabajadores.
FUNDAMENTO:
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles;
Condiciones Generales de Trabajo, Artículos 210, 214 y 218;
Normas para el otorgamiento de Premios, Estímulos y Recompensas, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ESTÍMULOS:
Se otorga a un servidor público por cada 50 trabajadores; o uno por Departamento. RECOMPENSAS:
Se otorga una o más recompensas por Dirección General o Unidad Administrativa equivalente. El monto lo define cada año la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. y C.1. En algunos puestos indicados con C.1 también se puede aplicar, en tal caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin de que quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983 se les aplique, ya que se les considera trabajadores de base, y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha, pues se trata de servidores públicos de confianza. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982; asimismo, los trabajadores que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catálogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
DECLARACIÓN PATRIMONIAL
DEFINICIÓN:
Es el documento informativo que están obligados a presentar aquellos trabajadores a que se refiere el Artículo 2° de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas ante la Secretaría de la Función Pública.
FUNDAMENTO:
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Artículos 2; y del 35 al 47.
PERÍODO DE PRESENTACIÓN:
Dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión (Declaración Inicial).
Durante el mes de mayo de cada año (Declaración de Modificación Patrimonial).
Dentro de los 30 días naturales siguientes a la conclusión del encargo (Declaración de Conclusión).
APLICACIÓN EN PUESTOS:
C.1 y C.2 |en los casos que se señala.
OBSERVACIONES:
Los servidores públicos que están obligados a presentar Declaraciones de Situación Patrimonial, son aquellos que ocupen puestos que conlleven el manejo o aplicación de recursos económicos federales y que si no cumplen oportunamente, se sujetarán a las sanciones que en la Ley de la materia se establecen.
TIPO DE MANDO
DEFINICIÓN:
Es el indicador que facilita la identificación del número de puestos de cada una de las áreas del Catálogo, con el cual se logra la obtención más pronta de la información en los Sistemas de Pagos.
RAMA MEDICA. Indicado con las letras “RM”, donde se ubican los puestos del área médica.
DEFINICIÓN:
Es el nivel inferior de la rama de un grupo del Catálogo de Puestos.
FUNDAMENTO:
Condiciones Generales de Trabajo, Capítulo X, y
Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Salud.
OBJETO:
Señalar los puestos del Catálogo que son considerados pie de rama de acuerdo con los ordenamientos referidos, para su dictaminación en las Comisiones de Escalafón.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. en los casos que se indican con la palabra “SI”.
FONDO DE DEFUNCIÓN
DEFINICIÓN: Es el descuento que se hace a los puestos ocupados por trabajadores sindicalizados, como aportación para el Fondo de Auxilio Mutuo por Defunción, el cual tiene como fin: proporcionar ayuda inmediata a los familiares del servidor público en caso de fallecimiento, para gastos urgentes de inhumación.
FUNDAMENTO:
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Artículo 38, y
Reglamento del Fondo de Auxilio Mutuo por Defunción del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud.
MONTO:
El monto del descuento es actualmente de $5.00 quincenales por trabajador, el cual puede ser modificado con apego al Estatuto del SNTSA.
El monto de la ayuda es de $40,000.00, el cual puede ser modificado con apego al Estatuto del SNTSA. La ayuda es cubierta por el CEN del SNTSA.
CONCEPTO DE DESCUENTO:
La retención correspondiente al Fondo de Auxilio Mutuo se refleja en el concepto 70 del Comprobante de Percepciones y Descuentos.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
Este descuento se aplica a todos los trabajadores que ocupen puestos de base (B.1.) agremiados al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud; incluidos los servidores públicos que laboren con nombramiento interino o provisional, siempre que ocupen un puesto B.1.
A algunos puestos indicados con “C.1.” también se les podrá aplicar este tipo de descuento; en cuyo caso, se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador, a fin que de quienes hayan tenido puesto de base antes del 21 de febrero de 1983, se les aplique tal descuento y no así a quienes observen ingreso posterior a esa fecha. Sirve como fundamento legal el Artículo 1° Transitorio del Decreto de Reformas a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982. Estos supuestos están marcados con la palabra “NO” y un número 1 en la columna de Fondo de Defunción.
DERECHOS ADICIONALES PARA TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS
DEFINICIÓN:
Es la percepción mensual adicional que se paga a aquellos trabajadores de base que teniendo asignado determinado puesto, laboren y estén adscritos en forma constante y permanente en áreas consideradas de alto, mediano y bajo riesgo.
FUNDAMENTO:
Condiciones Generales de Trabajo, Capítulo XV, Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Manual para Prevenir y Disminuir Riesgos de Trabajo e Indicar el Otorgamiento de Derechos Adicionales.
OBJETIVO:
Señalar los puestos que de acuerdo con los ordenamientos en la materia, tienen indicados derechos adicionales.
MODALIDADES:
ALTO RIESGO:
20% de compensación salarial sobre el sueldo tabular mensual a trabajadores que laboren en áreas consideradas como nocivo-peligrosas de alto riesgo.
Descanso anual extraordinario de 12 días; no acumulable a vacaciones.
Reconocimiento médico mensual.
Reubicación o cambio de adscripción, cuando se detecte perjuicio en la salud del trabajador.
Readscripción después de 2 años.
MEDIANO RIESGO:
10% de compensación salarial sobre el sueldo tabular mensual a trabajadores que laboren en áreas consideradas como nocivo-peligrosas de mediano riesgo.
Descanso anual extraordinario de 8 días; no acumulable a vacaciones.
Reconocimiento médico mensual.
Reubicación o cambio de adscripción, cuando se detecte perjuicio en la salud del trabajador.
Readscripción después de 2 años.
BAJO RIESGO:
7% de compensación salarial sobre el sueldo tabular mensual a trabajadores que laboren en áreas consideradas como nocivo-peligrosas de bajo riesgo.
Descanso anual extraordinario de 5 días; no acumulable a vacaciones.
Reconocimiento médico mensual.
Reubicación o cambio de adscripción, cuando se detecte perjuicio en la salud del trabajador.
CONCEPTO DE PERCEPCIÓN:
La percepción correspondiente se refleja en el concepto 30 del Comprobante de Retenciones y Percepciones.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
Los puestos señalados con la palabra “SI” y un número 2 en la columna de “Seguridad e Higiene” significa que el trabajador de base que ocupe tal puesto, puede tener derecho al pago de la compensación adicional que establece la normatividad en la materia, siempre que labore y esté adscrito en forma constante y permanente en áreas consideradas de alto, mediano y bajo riesgo, lo cual debe ser validado por la Comisión Nacional o Central Mixta de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en su caso.
ESCALAFÓN
DEFINICIÓN:
Es el sistema organizado en la Secretaría para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores de base.
FUNDAMENTO:
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,
Condiciones Generales de Trabajo, Capítulo X,
Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Salud.
OBJETO:
Señalar los puestos del Catálogo que son considerados escalafonarios de acuerdo a los ordenamientos referidos, para ser ocupados mediante el procedimiento respectivo a cargo de las Comisiones Auxiliares de Escalafón.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1. en los casos que se indican con la palabra “SI”.
FONDO DE AHORRO CAPITALIZABLE (FONAC)
CONCEPTO:
Es el descuento que se realiza al sueldo del trabajador por concepto de aportación voluntaria para constitución de un fondo de ahorro, cuyos rendimientos financieros y cantidad aportada otorgan al trabajador beneficios económicos.
FUNDAMENTO:
Manual de Operación del Fondo de Ahorro Capitalizable de los Trabajadores al Servicio del Estado;
Contrato de Fideicomiso de creación del FONAC, y
Lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
MONTO:
La aportación mensual de los trabajadores es de 2 (dos días) de salario mínimo burocrático vigente en el Distrito Federal; dividido en dos descuentos quincenales.
CONCEPTO DE DESCUENTO:
La retención correspondiente al FONAC se refleja en el concepto 21 del Comprobante de Percepciones y Descuentos.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
B.1., C.1 y C.2.
Cabe señalar que el FONAC se integra también con otras aportaciones:
El Gobierno Federal aporta mensualmente 3 (tres días) de salario mínimo burocrático vigente en el D.F.
El Sindicato aporta mensualmente el 25% del total de las cuotas recibidas.
En el caso de puestos B.1., el FONAC se constituye con aportaciones del trabajador, del Sindicato, y del Gobierno Federal.
Tratándose de puestos C.1. y C.2., el FONAC se constituye únicamente con aportaciones del trabajador y del Gobierno Federal, salvo en casos de aquellos puestos C.1. donde por haberse consultado la Fecha de Ingreso del Trabajador al Puesto, tiene la calidad de BASE, y en cuyo caso el FONAC se integrará con cantidades enteradas por las tres vías señaladas. Estos supuestos están marcados con la palabra “SI” y el número 3.
Los beneficios económicos del FONAC se pagan a los trabajadores durante el mes de agosto de cada año.
HORARIO
DEFINICIÓN:
Es el tiempo comprendido de una hora a otra determinada, durante el cual el trabajador desarrolla sus funciones en alguna de las jornadas de trabajo establecidas.
TIPO DE HORARIOS:
CONTINUO (Marcado con la letra “C”). Es aquél en el que el trabajador desarrolla sus labores de manera ininterrumpida dentro de una jornada diurna, mixta, o especial, disfrutando únicamente de los descansos correspondientes.
DISCONTINUO (Marcado con la letra “D”). Es aquél en el que el trabajador desarrolla sus labores dentro de la jornada diurna, fijándose el tiempo en que se deben interrumpir.
FUNDAMENTOS:
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Título Segundo, Capítulo II.
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, Capítulo VII.
APLICACIÓN EN PUESTOS:
Continuo (C): B.1. y C.1.
Discontinuo (D): C.1. y C.2., para personal de apoyo directo a mandos medios o superiores. Los trabajadores que ocupen puestos clasificados como C.1. pueden tener asignado horario continuo o discontinuo, de acuerdo con las características del centro o área de trabajo en que presten los servicios, en cuyo caso se señala en la columna de horario con la letra “D”.
Como se observa, a los puestos clasificados como C.1. y C.2., se les asignó horario continuo o discontinuo, en algunos casos, por la función específica.
TIPO DE PUESTO
En este rubro se señala por cada uno de los puestos del Catálogo de la Secretaría, que con base en sus características jurídico-laboral les corresponde, conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas en la materia.
Los puestos se han marcado y clasificado con los indicadores siguientes:
B.1. Significa que el puesto tiene la característica de ser de base y consecuentemente, la persona que lo ocupe puede llegar a ser considerado trabajador de base, de encuadrarse en el supuesto del Artículo 6º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en el sentido de que los trabajadores de nuevo ingreso con nombramiento definitivo serán inamovibles hasta después de 6 meses de servicio sin nota desfavorable en su expediente.
C.1. Significa que el puesto tiene características de ser de confianza; sin embargo, esta clasificación presenta casos de excepción marcados con el número (1) en el margen derecho de los Indicadores Laborales, en cuyo caso se debe consultar la fecha de ingreso del trabajador al puesto, de tal manera que quien observe ingreso al puesto con fecha anterior al 21 de febrero de 1983, deberá considerarse como trabajador de base y no así a quienes observen ingreso posterior a dicha fecha. Sirve de fundamento legal el Artículo 1º Transitorio del Decreto de Reformas a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de fecha 27 de diciembre de 1982, asimismo, los trabajadores.que se encuentren bajo el mismo supuesto legal, de que su plaza siendo de base, por reformas al catalogo institucional de puestos actualmente esté considerado de confianza, se le podrá reconocer como trabajador de base, previo dictamen de su situación laboral.
En el supuesto de trabajadores que por su fecha de ingreso se les considere de base, no obstante tener asignado un puesto marcado como de confianza (CF), se les debe aplicar el descuento de cuota sindical, fondo de defunción, FONAC, y tiene derecho al pago de estimulos, licencias, cambios de adscripción y en general todos los derechos laborales de un trabajador de base; sin que ello implique la ocupación escalafonaria del puesto de que se trate.
Por el contrario, en el caso de trabajadores que por su fecha de ingreso al puesto se les considere de confianza, no se les debe aplicar el descuento de cuota sindical, ni que se les considere en su favor la aportación sindical al FONAC, y asimismo, no tienen derecho al pago de los estímulos.
9 – Acciones Estratégicas
1. Revisar y modificar el marco legal vigente para facilitar la integración del sistema universal de salud. Dentro de estas áreas se incluyen: los artículos 3°, 4° y 123 de la Constitución Política; la Ley General de Salud y sus reglamentos; la Ley Federal del Trabajo; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; las leyes reglamentarias y órganicas del IMSS, ISSSTE y PEMEX, y las constituciones, leyes orgánicas y leyes de salud estatales.
2. Incrementar la inversión en salud, consolidar el financiamiento del SPSS y mejorar la distribución de los recursos públicos entre instituciones, entidades federativas y rubros de gasto (gasto de operación/gasto de inversión, gasto en atención curativa/gasto en actividades de salud pública).
3. Fortalecer las actividades de planeación estratégica con una visión sectorial de mediano y largo plazo, con el fin de anticiparse a los retos que nos plantea la transición epidemiológica y sus efectos en la atención a la salud.
4. Diseñar e implantar mecanismos de inversión en salud público/privadas para fortalecer la inversión en infraestructura y hacer más eficiente la operación de los servicios.
5. Implantar medidas que mejoren la eficiencia del sistema, dentro de las que destacan: i) la negociación de acuerdos para flexibilizar el uso de los recursos dedicados a la salud; ii) el fortalecimiento de las actividades de evaluación de los servicios, programas y políticas; iii) la puesta en marcha de un sistema de incentivos al buen desempeño que estimulen la calidad y la eficiencia, y iv) el desarrollo de un sistema integrado de información sectorial.
6. Consolidar las políticas de mejora continua de la calidad en todos los ámbitos del sistema: en las unidades de atención a la salud, en la esfera comunitaria y en las áreas administrativas.
7. Diseñar una estrategia sectorial de largo plazo de naturaleza intersectorial para el fortalecimiento de la promoción de la salud y la prevención de enfermedades que influya sobre los determinantes personales positivos de la salud y favorezca la adopción de estilos de vida saludables en los diversos grupos de edad.
8. Hacer un inventario sectorial exhaustivo de recursos y servicios de salud que guíe el diseño de planes de largo plazo para el fortalecimiento de la infraestructura en salud, recursos humanos, equipamiento, tecnología e investigación en salud.
9. Movilizar recursos adicionales para mejorar la formación de los recursos humanos para la salud y fortalecer la investigación básica, clínica y en salud pública.
10. Fortalecer la vinculación con aquellos sectores cuyas actividades influyen de manera directa en las condiciones de salud, dentro de los que destacan los sectores alimentario, educativo, ambiental y de seguridad vial.
ANEXO – ACERCA DE LAS RAMAS DE CARGO10
Literal |
Clasificación de Rama de Cargo o Puesto por Función |
Descripción |
A |
Normatividad y gobierno |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
B |
Asesoría |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
C |
Promoción y desarrollo |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
D |
Apoyo técnico |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
E |
Producción y comercialización de bienes |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
F |
Prestación de servicios |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
G |
Planeación |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
H |
Programación |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
I |
Presupuestación |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
J |
Desarrollo Institucional |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
K |
Informática |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
L |
Evaluación |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
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|
|
M |
Recursos humanos |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
N |
Recursos materiales y servicios generales |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
O |
Recursos financieros |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
P |
Asuntos jurídicos |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
Q |
Comunicación Social |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
R |
Orientación e información |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
S |
Apoyo administrativo |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
T |
Coordinación y enlace intra e interinstitucional |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
U |
Auditoría, responsabilidades, quejas e inconformidades |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
V |
Dirección |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
W |
Estadística |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
Y |
Seguridad y Protección Civil |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
Z |
Investigación |
Puestos encargados de elaborar las normas y/o políticas que regulan el ejercicio público y/o actividades ciudadanas, o bien supervisar y/o vigilar el cumplimiento de las normas que regulan actividades ciudadanas. |
TRANSPARENCIA PRESUPUESTARIA11
Sistema de evaluación de desempeño
De acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) es el conjunto de elementos metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer el impacto social de los programas y de los proyectos.
Modelo Sintético de Información del Desempeño (MSD)
Uno de los principales retos del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño (PbR-SED) ha sido determinar una herramienta que permita hacer que el seguimiento y la evaluación sean considerados para la toma de decisiones, de tal forma que se logre integrar, concentrar, consolidar y sintetizar la información de desempeño disponible.
Con esto en mente, la SHCP desarrolló el MSD, que es un instrumento de evaluación que hace acopio de la información de desempeño con el fin de conocer el comportamiento de un programa presupuestario.
El MSD hace una valoración general del desempeño de cada programa presupuestario, tomando en cuenta cinco variables que influyen en su comportamiento:
- Desempeño presupuestario (2008-2012)
- Matriz de Indicadores para Resultados
- Evaluación
- Programa de Mejora de la Gestión
- Aspectos Susceptibles de Mejora derivados de las Evaluaciones Externas (ASM)
CREACIÓN DE PUESTOS
Basadas en las cédulas de identificación de puestos de la Coordinación de Recursos Humanos y Enlace Administrativo de la Secretaría Administrativa del TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN12
Acerca del Sueldo/Salario, se basó en los límites de percepción ordinaria total en la Administración Pública Federal13
Mando Superior
Puesto: Director General
Objetivo de puesto:
Planear, coordinar, organizar, dirigir, controlar y evaluar técnica y administrativamente las labores de la dirección general a su cargo, relacionadas con las funciones y prestación de los servicios que proporciona la unidad administrativa, en las materias de administración, control, informática y otros que apruebe la Comisión de Administración, de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia de su competencia, manejando con absoluta discreción la información confidencial a que tenga acceso.
FUNCIONES GENÉRICAS DEL PUESTO
- Formular el programa anual de trabajo de la dirección general a su cargo y someterlo a consideración de las instancias correspondientes.
- Formular el ante proyecto del presupuesto de egresos en los programas relacionados con la dirección general a su cargo, conforme a las normas establecidas por la Comisión de Administración y someterlo a consideración de las instancias correspondientes.
- Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean requeridos, en los asuntos propios de su competencia.
- Formular, en colaboración con el área competente, conforme a los lineamientos establecidos por la Comisión de Administración, los proyectos de manuales de la organización; procedimientos y servicios correspondientes a la Dirección General.
- Recibir de acuerdo a sus directores de área, subdirectores de área y jefes de departamento, para planear, coordinar, organizar, evaluar y dirigir el desarrollo de los programas y actividades de los asuntos de su competencia.
- Participar en la elaboración de trabajos oficiales de su área de adscripción, en las condiciones de tiempo y lugar que por necesidad de la institución se requiere.
- Establecer mecanismos de coordinación con los titulares de las diferentes Direcciones Generales cuando así se requiera, para el desarrollo de las funciones que le correspondan.
- Proponer los programas específicos de capacitación y desarrollo del personal a su cargo.
- Las demás funciones inherentes al puesto.
RESPONSABILIDAD
Por manejo de recursos humanos – SI
Por manejo de recursos materiales
- Mobiliario y equipo – SI
- Equipo de transporte – SI
- Equipo de computo – SI
- Comunicaciones – SI
- Por manejo de valores – SI
Por manejo de información confidencial – SI
Por condiciones de trabajo
- Ambiente adecuado – SI
- Riesgo de trabajo – SI
REQUISITOS DEL PUESTO:
- Ser ciudadano mexicano en pleno derecho de sus derechos políticos y civiles. En caso de no ser mexicano, acreditar con el documento expedido por autoridad competente, que cuenta con autorización para trabajar en el país.
- Contar con la credencial para votar con fotografía.
- Contar con título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones que deba desempeñar, expedidos legalmente por autoridad competente con una antigüedad mínima de cinco años.
- Contar, preferentemente con experiencia en el cargo que se le encomiende.
- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión: pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitara para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
- No haber sido sancionado con inhabilitación temporal para desempeñar algún empleo o cargo o haber sido destituido del mismo, como consecuencia de una sanción de carácter administrativo por conductas graves.
JUSTIFICACIÓN
El presente Director General será el eslabón intermedio en lo que respecta a los titulares (aquellos que detentan los cargos mayores de la APF) y los mandos superiores y medios, subyacentes a él. Merece atención especial su quehacer, ya que de él dependerá si la situación publiadministrativa gira en torno a un conflicto persistente, mismo que se puede ilustrar así: la demora latente en ventanillas; o bien puede girar en torno a una optimización constante, misma que se puede ilustra así: la reducción de tiempos en ventanillas.
Líneas arriba se ha citado un ejemplo del proceder del Director General, él bien podría incidir en la estructura organizacional, un diálogo serio con sus superiores, así como con sus inferiores, augurará un desenvolvimiento sensato de la gran maquinaria administrativa.
SUELDO: Mínimo: $35, 000 Máximo: $100, 000
Mando Medio
Puesto: Enlace de alto nivel de responsabilidad
Objetivo de puesto:
Apoyar para el cumplimiento del ejercicio de sus atribuciones al titular de mando medio del área de su adscripción, de acuerdo a las indicaciones y lineamientos que el mismo establezca.
FUNCIONES GENÉRICAS DEL PUESTO
- Apoyar y en su caso, llevar el control de la agenda de trabajo del servidor público de mando medio, informándole de manera oportuna acerca de los compromisos contraídos.
- Participar en la sistematización y en el control de correspondencia y archivo ordinario de la documentación recibida y enviada de la oficina del servidor público de mando medio.
- Proporcionar el apoyo que se requiera, en la realización de actividades administrativas que le solicite el servidor público de mando medio.
- Investigar y desarrollar los proyectos que le sean encomendados y ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de los programas de trabajo del área de su adscripción.
- Apoyar en la coordinación de los trabajos secretariales de la oficina, de acuerdo a las prioridades señaladas por el servidor público de mando medio.
- Atender a los visitantes y canalizarlos al área correspondiente, de acuerdo a las instrucciones del servidor público de mando medio.
- Las demás funciones inherentes al puesto.
RESPONSABILIDAD
Por manejo de recursos humanos – NO
Por manejo de recursos materiales
- Mobiliario y equipo – SI
- Equipo de transporte – NO
- Equipo de computo – SI
- Comunicaciones – NO
- Por manejo de valores – NO
Por manejo de información confidencial – SI
Por condiciones de trabajo
- Ambiente adecuado – SI
- Riesgo de trabajo – NO
REQUISITOS DEL PUESTO:
- Ser ciudadano mexicano en pleno derecho de sus derechos políticos y civiles. En caso de no ser mexicano, acreditar con el documento expedido por autoridad competente, que cuenta con autorización para trabajar en el país.
- Contar con la credencial para votar con fotografía.
- Contar con título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones que deba desempeñar, expedidos legalmente por autoridad competente con una antigüedad mínima de cinco años.
- Contar, preferentemente con experiencia en el cargo que se le encomiende.
- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión: pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitara para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
- No haber sido sancionado con inhabilitación temporal para desempeñar algún empleo o cargo o haber sido destituido del mismo, como consecuencia de una sanción de carácter administrativo por conductas graves.
JUSTIFICACIÓN
El presente Enlace de alto nivel de responsabilidad será pieza clave en el desempeño de algún Personal de Mando Medio, ya que destinará su tiempo al servicio de éste último, sin detrimento por ello, aclaremos que será servicial su condición, más no, servil; viendo en ello, un sinergia, acorde a lo que el deber profesional constituya.
Su participación en las actividades de la persona a la cual está subordinado, le permitirá interactuar de manera prudente con los visitantes al área donde laboran, sean éstos, figuras de Mando Superior, símiles o bien, figuras de Mando Operacional. Fungiendo así, como la antesala al titular en cargo.
SUELDO: Mínimo: $11, 000 Máximo: $21, 000
Mando Operativo
Puesto: Profesional en Trabajo Social en Área Médica “A”
Objetivo de puesto:
Apoyar al titular del área de adscripción, en la aplicación de conocimientos especializados y habilidades relacionadas con la salud o la educación, ejecutando las labores que le competen.
FUNCIONES GENÉRICAS DEL PUESTO
- Recibir y atender a los beneficiarios del servicio que lo soliciten.
- Proporcionar primeros auxilios en casos de emergencia.
- Preparar a los pacientes para exploración y tomar signos vitales.
- Preparar y efectuar las curaciones, asepsias, aplicar inyecciones y sueros bajo prescripción y supervisión medica.
- Llevar el registro y control de los materiales y medicamentos que están asignados al consultorio medico y solicitar oportunamente el suministro de los mismos.
- Organizar, controlar y resguardar los expedientes de los pacientes, conforme a las instrucciones que reciba de su superior jerárquico.
- Lavar y esterilizar el equipo médico quirúrgico, guardarlo y vigilar su buen estado.
- Las demás funciones inherentes al puesto.
RESPONSABILIDAD
Por manejo de recursos humanos – SI
Por manejo de recursos materiales
- Mobiliario y equipo – SI
- Equipo de transporte – NO
- Equipo de cómputo – SI
- Comunicaciones – NO
- Por manejo de valores – NO
Por manejo de información confidencial – SI
Por condiciones de trabajo
- Ambiente adecuado – SI
- Riesgo de trabajo – SI
REQUISITOS DEL PUESTO:
- Ser ciudadano mexicano en pleno derecho de sus derechos políticos y civiles. En caso de no ser mexicano, acreditar con el documento expedido por autoridad competente, que cuenta con autorización para trabajar en el país.
- Contar con la credencial para votar con fotografía.
- Contar con título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones que deba desempeñar, expedidos legalmente por autoridad competente con una antigüedad mínima de cinco años.
- Contar con conocimientos especializados y habilidades relacionadas con la salud o la educación inicial o preescolar.
- Tener experiencia mínima de un año en actividades similares.
- Saber manejar equipo especializado como báscula, jeringa, baumanómetro, estetoscopio y similar.
- Conocimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje y de estimulación temprana.
- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión: pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitara para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
- No haber sido sancionado con inhabilitación temporal para desempeñar algún empleo o cargo o haber sido destituido del mismo, como consecuencia de una sanción de carácter administrativo por conductas graves.
JUSTIFICACIÓN
El presente Profesional en Trabajo Social en Área Médica “A” será importante, en medida qué atienda oportunamente las funciones genéricas contempladas para él; no es ideal qué tenga todos los puntos señalados, sino qué es idóneo. Ciertamente es un puesto interesante, ya que, pese a estar dentro del Personal de Mando Operativo, el rol que juega es crucial en el proceder del ámbito publiadministrativo, en materia de salud y educación, faltaba más.
La pericia debe forzosamente existir, de nada servirá semejante puesto, si continúa el mal desempeño general del servicio público.
SUELDO: Mínimo: $7, 000 Máximo: $25, 000
SUELDOS/SALARIOS13
SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA14
El Sistema de Servicio Profesional de Carrera es una política pública clave para la profesionalización de los servidores públicos, fomenta la eficiencia y eficacia de la gestión pública, lo que se traducirá en una mejora en los servicios que se ofrecen a la ciudadanía. Este Sistema permite administrar los recursos humanos de las instituciones sujetas a la Ley del Servicio Profesional de Carrera y garantizar su ingreso, desarrollo y permanencia en la Administración Pública Federal a través del mérito y la igualdad de oportunidades; en un marco de transparencia y legalidad.
El Sistema del Servicio Profesional de Carrera busca atraer a los mejores hombres y mujeres ofreciéndoles la posibilidad de desarrollar una carrera en el servicio público; ingresar y ascender en el gobierno con base en el mérito profesional y aportar con creatividad y profesionalismo sus mejores talentos para beneficio de la sociedad.
El Sistema de Servicio Profesional de Carrera comprende los puestos de Enlace a Director General, incluyendo los niveles de adjunto, homólogo o cualquier otro equivalente en las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada.
Se otorga el nombramiento de Servidor Público de Carrera a aquella persona que resulte ganador de un concurso de selección, o bien a los servidores públicos de libre designación que se encuentren ocupando puestos del Sistema, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
Concluir su proceso de certificación de ingreso, con base en las reglas vigentes al momento en que lo iniciaron.
Acreditar el resultado satisfactorio en por lo menos una evaluación anual de desempeño, así como la aprobación de las evaluaciones en desarrollo administrativo y calidad.
Resultar ganador en el concurso del puesto que ocupa.
Los servidores públicos de carrera se clasifican en:
1. Eventuales:
a) Los de primer nivel de ingreso que se encuentran en su primer año de desempeño.
b) Los nombrados con motivo de los casos excepcionales.
c) Los que ocupen temporalmente un puesto del Sistema.
2. Titulares:
a) Los que ingresan al Sistema mediante concurso público y abierto.
b) Los que ingresan al Sistema al acreditar cumplir los requisitos y las evaluaciones que se hayan establecido para ese propósito.
Fuentes de consulta
Cibergrafía
1) Gestiopolis. Diseño de puestos de trabajo [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.gestiopolis.com/canales6/rrhh/crear-puestos-de-trabajo.htm
2) INEGI. Sistema de Cuentas Nacionales de México. Cuenta satélite del sector salud de México 2008-2010 [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/derivada/satelite/salud/2008-2010/CSSSM_08-10_3.pdf
3) Cámara de Diputados. El Presupuesto Público Federal para la FUNCIÓN SALUD, 2011-2012 [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/se/SAE-ISS-15-12.pdf
4) INEGI. Sistema de Cuentas Nacionales de México. Cuenta satélite del sector salud de México 2008-2010 [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/derivada/satelite/salud/2008-2010/CSSSM_08-10_3.pdf
5) IFAI. Secretaría de Salud Presupuestos de Egresos de la Federación para el ejercicio 2013. [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.apartados.hacienda.gob.mx/presupuesto/temas/pef/2013/temas/tomos/12/r12_appcd.pdf
6) SSA. Relación única de la normativa de la Secretaria de Salud [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://201.147.98.8/dofdia/2010/sep10/pdf/10sep10_ss2.pdf
7) SSA. Catalogo sectorial de puestos, rama médica, paramédica y afín [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.calidad.salud.gob.mx/doctos/educacion/cat_puestos_II.pdf
8) SSA. Catálogo institucional de puestos con indicadores laborales [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.comeri.salud.gob.mx/descargas/Vigente/2004/Catalogo_Institucional_de_Puestos_con_Indicadores_Laborales.pdf
9) SSA. Acciones estratégicas [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://portal.salud.gob.mx/contenidos/secretaria/acciones.html
10) SFP. UNIDAD DE POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS DE LA APF. Puestos tipo de las OIC – Descripciones y Perfiles [fecha de consulta: 03 de marzo de 2013], disponible en: http://www.usp.funcionpublica.gob.mx/DGPOC/PUESTOS%20TIPO/index.html
11) SHCP. Transparencia Presupuestaria. Sistema de Evaluación del Desempeño [fecha de consulta: 03 de marzo de 2013], disponible en: http://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/ptp/contenidos/?id=6&group=Sistema%20de%20Evaluaci%C3%B3n%20del%20Desempe%C3%B1o&page=Programas
12) Tribunal Electoral. Secretaría Administrativa. Coordinación de Recursos Humanos y Enlace Administrativo. Jefatura de Unidad de Administración de Personal. Catalogo de Puestos Apartado “A” [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.te.gob.mx/transparencia/Catalogo_Datos_Curriculares/catalogo_puestos_2012.pdf
13) SHCP. Transparencia Presupuestaria. Límites de percepción ordinaria total en la Administración Pública Federal [fecha de consulta: 10 de marzo de 2013], disponible en: http://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&ved=0CC8QFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.transparenciapresupuestaria.gob.mx%2Fptp%2FServletImagen%3Ftipo%3Dxls%26idDoc%3D71&ei=4Tg1UY2bEqL52AXVj4HACg&usg=AFQjCNF8ET_KnOGS5FD85CGygACrNT97kQ&bvm=bv.43148975,d.b2I
14) SFP. El Sistema de Servicio Profesional de Carrera [fecha de consulta: 07 de marzo de 2013], disponible en: http://www.spc.gob.mx
Integrantes de equipo:
Pérez Badillo Omar Ricardo – Titular
Aguilar Carpio Abigail
Alanís Zarate Luis Alberto
Álvarez Alcázar Miguel
Dorantes Huerta Adriana
Garduño Montiel Nayeli
Hurtado De la Mora Jesús Iván
Martínez Martínez Yesica Guadalupe
Marzo 2013
DECIMA TAREA ADMINISTRACION DEL FACTOR HUMANO
#1 by jtorreslovera on March 13, 2013 - 5:42 am
Buena recopilación de documentos y el diseño de puesto. Código y síntesis